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FORO CUBANO Vol 6, No. 56  – TEMA: COMIDA E IDEOLOGÍA EN CUBA: LA ALIMENTACIÓN CON FINES POLÍTICOS

Y ahora… ¿quién podrá defendernos?

Vistas

Por: Nastassja Rojas, Investigadora principal de Food Monitor Program

Mayo 2023

Una pregunta frecuente entre la ciudadanía, especialmente en contextos autoritarios, es quién puede defenderles ante la violación sistemática de sus derechos y por qué organizaciones como Naciones Unidas o la Organización de Estados Amerianos “parecieran” no hacer nada ante las graves violaciones de Derechos Humanos (DDHH). En este sentido, estas líneas se presentan como un acercamiento al funcionamiento de estos organismos, sus competencias ante la protección de los DDHH para tener unas expectativas mucho más cercanas a la realidad y hacer un llamado especial sobre el Examen Periódico Universal.

 

¿Qué son los Sistemas de Protección de Derechos Humanos?

 

En términos generales estos sistemas se entienden como aquel conjunto de órganos e instrumentos encargados de la promoción y protección de los Derechos Humanos tanto a nivel nacional, regional y universal. Es en estos dos últimos ámbitos es en donde encontramos el Sistema Universal de Protección de Derechos Humanos como parte de Naciones Unidas y el Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos como parte de la Organización de Estados Americanos.

 

Sin embargo, estos sistemas de protección encuentran constantes limitantes, entre ellas, la soberanía estatal y la falta de voluntad de los Estados para cumplir con sus compromisos, ya que uno de los rasgos distintivos de estos sistemas es que son complementarios a la institucionalidad estatal, por tanto, no pueden sustituir directamente las funciones del Estado. Cabe señalar que esta voluntad no los exime de ser responsables en caso de violación de sus compromisos internacionales, pero no está concebida la intervención directa en los territorios y otra de las principales debilidades de los sistemas es la falta de mecanismos que puedan someter a los Estados. Hasta el momento se sigue debatiendo la controvertida Responsabilidad de Proteger como una forma más efectiva de superar estas limitaciones y socorrer a la población en casos graves. No obstante algunos países alegan que, esta es una forma de enmascarar la intervención.

 

¿Cómo funcionan los Sistemas de Protección de Derechos Humanos?

 

Si bien no es tarea fácil pensarse la eficacia de estas estructuras, los contextos democráticos favorecen ciertamente el compromiso de los Estados. La mayor dificultad se presenta en los contextos autoritarios considerando que, los sistemas de protección están pensados como instituciones complementarias a la funcionalidad del Estado y se parte del compromiso de las instituciones nacionales. Estos organos parten del supuesto de que, los Estados efectivamente tienen la intención de avanzar en la promoción y protección de los Derechos Humanos y que en aquellos casos en que pueda presentarse una vulneración, tienen la disposición y cuentan con los instrumentos para reconocer y reparar a las víctimas.

 

Adicionalmente a esto, la mayoría de estos mecanismos de protección requieren previamente la aceptación de su competencia por parte del Estado. Esta es precisamente una de las grandes dificultades en el caso de Cuba, aún más cuando internacionalmente muchos Estados aún no fijan una posición clara frente al tipo de régimen y cuáles son las acciones que deberían tomarse ante la vulneración no sólo de las instituciones democráticas del Estado de derecho sino de la vulneración de forma sistemática y masiva de los Derechos Humanos.

 

¿Qué podemos hacer en contextos autoritarios?

 

A pesar de las limitaciones ya mencionadas, se cuenta con mecanismos de gran importancia para visibilizar contextos como el cubano, siendo una ventaja que algunos no requieren ratificaciones adicionales para su funcionamiento y pronunciamiento sobre la situación del Estado, tan solo se requiere ser miembro del Sistema de Naciones Unidas. Tal es el caso del Consejo de Derechos Humanos, que si bien es un órgano muy criticado por ser una entidad gubernamental en donde, dentro de sus 47 miembros, con frencuencia encontramos a Estados no democráticos, es un espacio esencial de visibilización de las crisis.

 

Este órgano, junto con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, los Órganos Convencionales y los Procedimientos Especiales, conforman el Sistema Universal de DDHH. Teniendo la mayoría de estos órganos (excepto los órganos convencionales) la competencia para actuar sin la ratificación de algún otro instrumento adicional más allá de la carta de Naciones Unidas.

 

Aunque ciertos esferas del Sistema Universal han sido monopolizados por el régimen cubano haciendo uso de organizaciones de la sociedad civil oficialista a llevar sus informes e invalidar cualquier voz disidente.. Resulta necesario, conociendo las limitaciones de sus competencias, retomar estos espacios. Es así que se presenta como una gran oportunidad el próximo Examen Periódico Universal (EPU) que rendirá Cuba en el 2023 en el 44 ciclo (octubre – noviembre). En este sentido, el llamado es a las organizaciones de la sociedad civil independiente a que, desde la diversidad y la pluralidad, entreguen contribuciones que contrasten con la realidad que quiere vender el régimen en el poder y con ello demostrar la falta de compromiso con los resultados y recomendaciones del EPU de 2018.

 

¿En qué consiste y qué esperar del Examen Periodico Universal?

 

Para el desarrollo de sus actividades, el Consejo de Derechos Humanos, además de tener la facultad de designar misiones de investigación y visitas sobre el terreno, cuenta con cuatro organismos subsidiarios: los Procedimientos Especiales, el Comité Asesor, el Procedimiento de Denuncia y el Mecanismo de Examen Periódico Universal (EPU). Es sobre este último que se quiere hacer un especial llamado.

 

En la actualidad no existe ningún otro mecanismo universal de la misma naturaleza del Examen Periódico Universal. Este es un proceso que se presenta como una forma de examinar a profundidad, cada 4.5 años, la situación de DDHH en todos los países que conforman Naciones Unidas y el cumplimiento frente instrumentos tales como la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los instrumentos de derechos humanos de los que el Estado es parte, los  compromisos asumidos por el Estado y el derecho internacional humanitario aplicable.

 

Este examen se basa en tres fuentes: la primera, la información proporcionada por el Estado conocida generalmente como “informe nacional”; la segunda, la información contenida de los informes de los Procedimientos Especiales , órganos de tratados de derechos humanos y otras entidades de la ONU; y la tercera, la información de otras partes interesadas, incluidas las organizaciones no gubernamentales.

 

Después de varias etapas del examen, en sesión plenaria del Grupo de Trabajo, se adopta el documento final sobre el resultado de dicho examen y la posición del Estado frente a las recomendaciones realizadas. En esta adopción participan: el Estado examinado, los demás Estados y los otros actores interesados que incluyen a las instituciones nacionales de Derechos Humanos y los representantes de las ONG. Todos los Estados tienen la responsabilidad de implementar las recomendaciones acordadas en el resultado final y en aquellas caso en los cuales el Estado no coopere, el Consejo de Derechos Humanos podrá decidir las medidas que se pueden tomar.

 

En vista de lo anterior, aunque queda claro que esto no produce cambios estructurales de forma inmediata, esta es una importante medida de presión y de visibilización. Por ello es necesario que, para el caso de Cuba, las organizaciones de la sociedad civil independiente participen de forma coordinada y masiva, teniendo claras las expectativas acerca de la capacidad de acción del Consejo. Tal vez lo más importante en el próximo EPU es demostrar que la voz oficialista que el régimen ha logrado posicionar como la verdad, no es más que una realidad distorsionada y que busca eximir de responsabilidad a Cuba.

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